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Prevención de Lavado de Dinero · Cap. XII, arts. 39 a 39 Bis 2

Manual de Selección, Contratación y Capacitación de Personal

Procedimientos exigidos por las Reglas de Carácter General de la LFPIORPI, reformadas por el Acuerdo 115/2026 (DOF 7 de agosto de 2026), para la selección de personal, la declaración firmada de honorabilidad y el programa anual de capacitación en materia de prevención de lavado de dinero.

Sujeto obligado[Nombre del Notario / Notaría Pública No. __ del Estado de ______]
Puesto que ingresa[Puesto]
Versión[1.0]
Fecha de elaboración[DD/MM/AAAA]

Aviso sobre el uso de esta plantilla. Modelo de referencia elaborado por Nuvigant. No constituye asesoría jurídica ni sustituye la revisión de un especialista en materia laboral. Aplicable a las contrataciones realizadas a partir del 1 de marzo de 2027 (Transitorio Sexto).

1. Objeto y ámbito

Establecer los procedimientos que garanticen la calidad técnica, la experiencia y la honorabilidad del personal que participa en la identificación de Clientes, la integración de expedientes, el envío de Avisos, el análisis de alertas o la función de auditoría, conforme al artículo 39 Bis 2 de las Reglas.

2. Perfil y criterios de selección

CriterioQué se verifica
Calidad técnicaFormación y experiencia acorde al puesto (atención al público, identificación de Clientes, análisis de riesgo, auditoría).
ExperienciaTrayectoria laboral, con énfasis en los sectores obligados en los que haya laborado previamente.
HonorabilidadSin sentencia por delitos patrimoniales; sin inhabilitación para ejercer el comercio, para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o en el sistema financiero.

3. Verificaciones previas a la contratación

  1. Solicitud de referencias laborales de al menos [dos] empleos anteriores.
  2. Verificación documental de identidad, domicilio y antecedentes académicos.
  3. Consulta de listas nacionales e internacionales del artículo 38 respecto del candidato.
  4. Entrevista dirigida a confirmar honorabilidad y ausencia de conflictos de interés.
  5. Recepción de la declaración firmada del apartado 4, previa a la fecha de ingreso.

4. Declaración firmada de honorabilidad (art. 39 Bis 2)

El que suscribe, [nombre completo], con el carácter de [puesto que ocupará], declara bajo protesta de decir verdad que:

  1. Los sectores obligados en los que ha laborado previamente son: [enumerar o señalar "ninguno"].
  2. No ha sido sentenciado por delitos patrimoniales ni inhabilitado para ejercer el comercio, para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o en el sistema financiero.

Manifiesta conocer el Manual de Políticas Internas de la Notaría y las obligaciones de confidencialidad y de prohibición de alertamiento (tipping off) que le corresponden a partir de su ingreso.

[Lugar y fecha — Nombre y firma del candidato o empleado]

5. Capacitación previa o simultánea al ingreso

El personal de atención al público o de administración de recursos recibe capacitación previa o simultánea a su ingreso, antes de participar en la identificación de Clientes o en cualquier acto regulado por el Manual de Políticas Internas.

6. Programa anual de capacitación (Cap. XII, arts. 39 a 39 Bis 1)

RequisitoContenido mínimo
DestinatariosTitular, directivos, funcionarios, Representante Encargado de Cumplimiento y personal de atención al público o que participe en identificación, envío de Avisos o auditoría.
PeriodicidadCursos, talleres o programas al menos una vez al año.
ContenidoLey, Reglamento, Reglas y Resoluciones de formatos; el Manual de Políticas Internas; los actos u operaciones del art. 17; los riesgos identificados en la metodología; técnicas y tendencias de detección del art. 400 Bis del Código Penal Federal.
InstructorDebe acreditar al menos cinco años de experiencia en prevención de lavado de dinero.
EvaluaciónObligatoria para expedir constancias. Quien no apruebe: [repetición del curso, restricción temporal de funciones de atención al público, reevaluación].
Conservación de evidenciaProgramas, materiales, listas de asistencia, evaluaciones y constancias, 10 años.

Primer periodo: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2027 (Transitorio Séptimo).

7. Bitácora de capacitación

FechaTemaInstructor (5+ años acreditados)AsistentesCalificaciónConstancia
      
      

8. Bitácora de contrataciones

Fecha de ingresoNombrePuestoDeclaración firmadaCapacitación previa
   Sí ☐ No ☐Sí ☐ No ☐
   Sí ☐ No ☐Sí ☐ No ☐

Plantilla elaborada por Nuvigant con base en el Acuerdo 115/2026 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de agosto de 2026 (dof.gob.mx). Documento de uso libre para fines de cumplimiento interno; no constituye asesoría jurídica ni laboral. nuvigant.com

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