Prevención de Lavado de Dinero · Cap. XII, arts. 39 a 39 Bis 2
Manual de Selección, Contratación y Capacitación de Personal
Procedimientos exigidos por las Reglas de Carácter General de la LFPIORPI, reformadas por el Acuerdo 115/2026 (DOF 7 de agosto de 2026), para la selección de personal, la declaración firmada de honorabilidad y el programa anual de capacitación en materia de prevención de lavado de dinero.
| Sujeto obligado | [Nombre del Notario / Notaría Pública No. __ del Estado de ______] |
|---|---|
| Puesto que ingresa | [Puesto] |
| Versión | [1.0] |
| Fecha de elaboración | [DD/MM/AAAA] |
Aviso sobre el uso de esta plantilla. Modelo de referencia elaborado por Nuvigant. No constituye asesoría jurídica ni sustituye la revisión de un especialista en materia laboral. Aplicable a las contrataciones realizadas a partir del 1 de marzo de 2027 (Transitorio Sexto).
1. Objeto y ámbito
Establecer los procedimientos que garanticen la calidad técnica, la experiencia y la honorabilidad del personal que participa en la identificación de Clientes, la integración de expedientes, el envío de Avisos, el análisis de alertas o la función de auditoría, conforme al artículo 39 Bis 2 de las Reglas.
2. Perfil y criterios de selección
| Criterio | Qué se verifica |
|---|---|
| Calidad técnica | Formación y experiencia acorde al puesto (atención al público, identificación de Clientes, análisis de riesgo, auditoría). |
| Experiencia | Trayectoria laboral, con énfasis en los sectores obligados en los que haya laborado previamente. |
| Honorabilidad | Sin sentencia por delitos patrimoniales; sin inhabilitación para ejercer el comercio, para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o en el sistema financiero. |
3. Verificaciones previas a la contratación
- Solicitud de referencias laborales de al menos [dos] empleos anteriores.
- Verificación documental de identidad, domicilio y antecedentes académicos.
- Consulta de listas nacionales e internacionales del artículo 38 respecto del candidato.
- Entrevista dirigida a confirmar honorabilidad y ausencia de conflictos de interés.
- Recepción de la declaración firmada del apartado 4, previa a la fecha de ingreso.
4. Declaración firmada de honorabilidad (art. 39 Bis 2)
El que suscribe, [nombre completo], con el carácter de [puesto que ocupará], declara bajo protesta de decir verdad que:
- Los sectores obligados en los que ha laborado previamente son: [enumerar o señalar "ninguno"].
- No ha sido sentenciado por delitos patrimoniales ni inhabilitado para ejercer el comercio, para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o en el sistema financiero.
Manifiesta conocer el Manual de Políticas Internas de la Notaría y las obligaciones de confidencialidad y de prohibición de alertamiento (tipping off) que le corresponden a partir de su ingreso.
5. Capacitación previa o simultánea al ingreso
El personal de atención al público o de administración de recursos recibe capacitación previa o simultánea a su ingreso, antes de participar en la identificación de Clientes o en cualquier acto regulado por el Manual de Políticas Internas.
6. Programa anual de capacitación (Cap. XII, arts. 39 a 39 Bis 1)
| Requisito | Contenido mínimo |
|---|---|
| Destinatarios | Titular, directivos, funcionarios, Representante Encargado de Cumplimiento y personal de atención al público o que participe en identificación, envío de Avisos o auditoría. |
| Periodicidad | Cursos, talleres o programas al menos una vez al año. |
| Contenido | Ley, Reglamento, Reglas y Resoluciones de formatos; el Manual de Políticas Internas; los actos u operaciones del art. 17; los riesgos identificados en la metodología; técnicas y tendencias de detección del art. 400 Bis del Código Penal Federal. |
| Instructor | Debe acreditar al menos cinco años de experiencia en prevención de lavado de dinero. |
| Evaluación | Obligatoria para expedir constancias. Quien no apruebe: [repetición del curso, restricción temporal de funciones de atención al público, reevaluación]. |
| Conservación de evidencia | Programas, materiales, listas de asistencia, evaluaciones y constancias, 10 años. |
Primer periodo: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2027 (Transitorio Séptimo).
7. Bitácora de capacitación
| Fecha | Tema | Instructor (5+ años acreditados) | Asistentes | Calificación | Constancia |
|---|---|---|---|---|---|
8. Bitácora de contrataciones
| Fecha de ingreso | Nombre | Puesto | Declaración firmada | Capacitación previa |
|---|---|---|---|---|
| Sí ☐ No ☐ | Sí ☐ No ☐ | |||
| Sí ☐ No ☐ | Sí ☐ No ☐ |
Plantilla elaborada por Nuvigant con base en el Acuerdo 115/2026 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de agosto de 2026 (dof.gob.mx). Documento de uso libre para fines de cumplimiento interno; no constituye asesoría jurídica ni laboral. nuvigant.com