Prevención de lavado de dinero sin trabajo doble
Nuvigant cubre el ciclo completo de PLD para actividades vulnerables: identificación del cliente, búsqueda en listas negras, clasificación de riesgo, expediente único y avisos a la UIF — con la información que ya capturaste en la operación.
Más de 200 notarías ya usan Nuvigant para administrarse
¿Qué es la prevención de lavado de dinero (PLD)?
La prevención de lavado de dinero es el conjunto de obligaciones que la LFPIORPI impone a quienes realizan actividades vulnerables: identificar al cliente, integrar un expediente, evaluar su riesgo, conservar la información y presentar avisos a la Unidad de Inteligencia Financiera cuando la operación rebasa el umbral que fija la ley.
El incumplimiento se sanciona con multas y, en el caso de los fedatarios, puede derivar en responsabilidad ante el colegio y la autoridad. Última revisión de esta página: 11 de agosto de 2026.
¿Quién está obligado a cumplir con la LFPIORPI?
Cualquier persona o empresa que realice una actividad vulnerable listada en el artículo 17 de la ley. Estos son los perfiles que hoy usan el módulo de PLD de Nuvigant:
- Notarías y corredurías públicas por los actos que formalizan
- Despachos jurídicos que administran recursos o constituyen sociedades
- Inmobiliarias y desarrolladores en la compraventa de inmuebles
- Agencias y financieras que otorgan crédito o mutuo
- Casas de empeño, joyerías y comercializadoras de metales
- Prestadores de servicios de fe pública, custodia o administración de bienes
Todo lo que necesitas para cumplir con la UIF, en un solo lugar
Cada pieza del expediente se alimenta de la captura que ya hiciste en la operación. Nada se teclea dos veces y nada se queda sin evidencia.
Búsqueda en listas negras
ONU, OFAC, Unión Europea, INTERPOL, el listado 69-B del SAT (EFOS/EDOS) y listas de personas políticamente expuestas. Cada consulta deja una constancia en PDF con fecha y hora.
Clasificación de riesgo
Clasifica a cada cliente en riesgo bajo, medio o alto con la metodología que exige el Acuerdo 115/2026, y ajusta el nivel de expediente que le corresponde.
Expediente único electrónico
Un solo expediente por cliente, con identificación, documentos, beneficiario controlador e historial de operaciones — listo para imprimir o exportar ante un requerimiento.
Avisos y exportación DECLARANOT
El archivo de avisos se arma con la información ya capturada en la operación y se exporta en el formato que espera DECLARANOT, sin reformatear nada.
Acumulados y umbrales
Los montos se acumulan por operación y por cliente de forma automática, con alertas cuando una operación se acerca al umbral de identificación o de aviso.
Bitácora para la auditoría
Toda consulta, clasificación y aviso queda registrado con usuario y fecha, de modo que la auditoría anual y la autoevaluación tengan evidencia verificable.
¿Cómo se cumple con Nuvigant?
Cuatro pasos, todos dentro del mismo expediente que ya usas para llevar la operación.
- 1
Identifica al cliente una sola vez
Capturas los datos de la persona o empresa al abrir la operación y el sistema jala los datos generales del SAT a partir del RFC. Esa captura alimenta el expediente único, el aviso y el resto de los módulos.
- 2
Busca en listas negras y guarda la constancia
Al registrar al participante se consultan las listas de la ONU, OFAC, la Unión Europea, INTERPOL, el 69-B del SAT y los listados de PEP. Cada búsqueda genera una constancia en PDF con fecha y hora que queda en el expediente.
- 3
Clasifica el riesgo y arma el expediente
Con la metodología cargada, el sistema clasifica al cliente en riesgo bajo, medio o alto y pide el nivel de expediente que corresponde a esa clasificación, incluido el beneficiario controlador cuando aplica.
- 4
Vigila umbrales y presenta el aviso
Los acumulados por operación se calculan solos y el sistema alerta cuando una operación se acerca al umbral de aviso. Al llegar el momento, exporta el archivo listo para DECLARANOT sin volver a capturar nada.
¿Qué cambia con el Acuerdo 115/2026?
El Diario Oficial de la Federación publicó el la reforma a las Reglas de Carácter General de la LFPIORPI. Estas son las fechas en que cada obligación empieza a exigirse.
| Fecha | Qué debe estar listo |
|---|---|
| Entran en vigor las Reglas reformadas: identificación, avisos, notificaciones electrónicas y confidencialidad. | |
| El Manual debe estar reescrito con la metodología de riesgos incorporada, y aplican los capítulos de grado de riesgo, conocimiento del cliente y beneficiario controlador. | |
| Mecanismos automatizados operando: clasificación de riesgo, expediente único y control de avisos. Pueden ser hojas de cálculo o bases de datos, siempre que sean verificables ante la autoridad. | |
| Entrega del primer dictamen de auditoría, correspondiente al ejercicio 2028. |
Análisis completo: LFPIORPI: reformas a sus Reglas de Carácter General
Recursos gratuitos de cumplimiento
Plantillas y guías que puedes descargar y adaptar a tu notaría, sin contratar nada.
Preguntas frecuentes sobre PLD
¿Qué es la prevención de lavado de dinero (PLD)?
La prevención de lavado de dinero es el conjunto de obligaciones que la LFPIORPI impone a quienes realizan actividades vulnerables: identificar al cliente, integrar un expediente, evaluar su riesgo, conservar la información y presentar avisos a la UIF cuando la operación rebasa el umbral que fija la ley.
¿Los notarios están obligados a cumplir con la LFPIORPI?
Sí. La fe pública está listada como actividad vulnerable, por lo que notarios y corredores públicos deben identificar a las partes, integrar el expediente único, dar seguimiento a los acumulados por operación y presentar los avisos correspondientes en los plazos de la ley.
¿En qué listas hay que buscar a un cliente?
Nuvigant consulta las listas que exige la normativa y varias adicionales: ONU, OFAC del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, listas de sanciones de la Unión Europea, INTERPOL, el listado 69-B del SAT (EFOS/EDOS) y listas de personas políticamente expuestas (PEP). Cada búsqueda deja una constancia en PDF con fecha y hora.
¿Qué cambia con la reforma a las Reglas de Carácter General?
El Acuerdo 115/2026, publicado en el DOF el 7 de agosto de 2026, exige una metodología de riesgos por escrito, clasificar a cada cliente en riesgo bajo, medio o alto, presentar el aviso por sospecha en 24 horas y operar mecanismos automatizados de clasificación y control. El régimen transitorio escalona estas obligaciones entre noviembre de 2026 y marzo de 2029.
¿Necesito un sistema automatizado para cumplir?
A partir del 1 de junio de 2027 los mecanismos de clasificación de riesgo, expediente único y control de avisos deben estar automatizados. Pueden ser hojas de cálculo o bases de datos siempre que sean verificables ante la autoridad; un sistema como Nuvigant deja además la bitácora y las constancias que la auditoría anual solicita.
¿Puedo usar el módulo de PLD sin contratar toda la plataforma?
Sí. Los módulos de Nuvigant se contratan de forma independiente, así que puedes usar únicamente prevención de lavado de dinero y añadir después facturación, control de proyectos o cálculo de ISR si los necesitas.
¿Cómo se genera el archivo para DECLARANOT?
El sistema arma el archivo de avisos con la información que ya capturaste en la operación y lo exporta en el formato que espera DECLARANOT, sin volver a teclear los datos ni reformatear el layout antes de enviarlo.
Deja de armar el expediente a mano
Te mostramos en 30 minutos cómo quedaría tu operación con el módulo de PLD activo, con tus propios casos.
Cifrado AES-256 · Cumplimiento NOM-151