Acuerdo 115/2026 · Cap. III Bis, arts. 23 Bis a 23 Bis 4

Clasificación de Clientes por Grado de Riesgo LFPIORPI

Ficha y matriz editable para clasificar a cada Cliente en al menos tres grados de riesgo —bajo, medio y alto— conforme al Capítulo III Bis de las Reglas de Carácter General, y documentar la diligencia correspondiente en el expediente único. Descárgala gratis.

La clasificación de Clientes por grado de riesgo es el proceso que exige el Capítulo III Bis de las Reglas de Carácter General de la LFPIORPI: cada Cliente se ubica en al menos tres grados —bajo, medio y alto— con base en factores inherentes y transaccionales, y ese grado determina la diligencia que se documenta en su expediente único.

Fuente oficial: Acuerdo 115/2026 publicado en el DOF el 7 de agosto de 2026.

Actualizado:

Sin registro. El archivo de Word conserva encabezados, tablas y estilos editables.

Qué incluye

Todo lo que necesitas documentar

El modelo de evaluación debe ser coherente con la metodología documentada en el Manual de Políticas Internas. Estos son los bloques que la ficha deja documentados.

Factores de clasificación

Factores inherentes al Cliente (antecedentes, giro, nacionalidad, fuentes de ingreso) y factores transaccionales (tipo, volumen, frecuencia y monto de las operaciones).

Matriz de grados de riesgo

Medidas aplicables al expediente en riesgo bajo, medio y alto — desde el expediente simplificado hasta la diligencia reforzada de los artículos 23 Ter 3 y 23 Ter 4.

Riesgo alto automático

Personas no residentes vinculadas a jurisdicciones con regímenes fiscales preferentes y PEP extranjeras entran automáticamente en riesgo alto (art. 23 Bis 4).

Ficha de clasificación

Puntaje total, grado asignado, si el cliente es PEP o riesgo alto automático, medidas de diligencia aplicadas y fecha de la próxima reevaluación.

Histórico de reclasificaciones

Registro de cada cambio de grado con su motivo, conservado no menos de 10 años conforme al artículo 41.

Leer el texto íntegro, apartado por apartado

Calendario

Las fechas que no puedes perder de vista

Fechas y plazos aplicables a Clasificación de Clientes por Riesgo conforme al Acuerdo 115/2026
FechaQué debe estar listo
6 mesesPeriodicidad máxima de reevaluación del grado de riesgo, con mayor frecuencia a mayor grado (art. 17 Bis).
10 añosConservación obligatoria del histórico de cambios de grado de riesgo (art. 41).
1 mar 2027Los capítulos de grado de riesgo y conocimiento del cliente quedan incorporados al Manual reescrito.

Antes de aprobarla, adáptala. El grado de riesgo debe surgir de la metodología propia de cada notaría, con un mínimo de tres grados. Los campos resaltados deben completarse con los criterios reales de la notaría. Esta plantilla no constituye asesoría jurídica.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre la reforma

¿Cuántos grados de riesgo debe tener la clasificación de Clientes?

Al menos tres: bajo, medio y alto. Cada grado determina las medidas aplicables al expediente, desde el expediente simplificado en riesgo bajo hasta la diligencia reforzada de los artículos 23 Ter 3 y 23 Ter 4 en riesgo alto. El modelo debe ser coherente con la metodología documentada en el Manual.

¿Qué Clientes son de riesgo alto automático?

Las personas no residentes vinculadas a jurisdicciones con regímenes fiscales preferentes y las personas políticamente expuestas extranjeras entran automáticamente en grado de riesgo alto conforme al artículo 23 Bis 4, sin necesidad de puntaje. A partir de ahí aplican la diligencia reforzada y una reevaluación más frecuente.

¿Cada cuándo se reevalúa el grado de riesgo de un Cliente?

El artículo 17 Bis fija una periodicidad máxima de seis meses, con mayor frecuencia mientras mayor sea el grado asignado. Cada cambio de grado se registra con su motivo en la bitácora de reclasificaciones, que se conserva no menos de diez años conforme al artículo 41.

¿Qué factores se usan para clasificar a un Cliente?

Factores inherentes al Cliente —antecedentes, giro, nacionalidad y fuentes de ingreso— y factores transaccionales: tipo, volumen, frecuencia y monto de las operaciones. La ficha registra el puntaje total, el grado asignado, si el Cliente es PEP o riesgo alto automático, las medidas aplicadas y la fecha de la próxima reevaluación.

¿Cuándo debe estar lista la clasificación por grado de riesgo?

El 1 de marzo de 2027: en esa fecha los capítulos de grado de riesgo y conocimiento del cliente quedan incorporados al Manual reescrito. El 1 de junio de 2027 la clasificación debe operar además mediante mecanismos automatizados verificables ante la autoridad, junto con el expediente único y el control de avisos.

Los otros documentos de la reforma

Los otros documentos de la reforma

El Acuerdo 115/2026 exige cinco documentos que se referencian entre sí. Empieza por el hub de la reforma o ve directo al que te falte.

Reforma LFPIORPI 2026: los 5 documentos obligatorios

Fuente oficial: Acuerdo 115/2026 publicado en el DOF el 7 de agosto de 2026.

Actualizado:

Nuvigant

Este proceso ya está automatizado en Nuvigant.

El sistema calcula el grado de riesgo de cada Cliente a partir de los datos capturados en el expediente y genera e imprime automáticamente la ficha de clasificación, con el histórico de cambios de grado y su justificación.